Registro integrado por organizaciones sin animo de lucro que se constituyen para realizar actividades que se caracterizan por la cooperación, ayuda mutua, solidaria y autogestión de sus asociados, desarrollando actividades democráticas y humanísticas de beneficio particular y general.

Las entidades del sector solidario son:

  • Cooperativas
  • Precooperativas
  • Cooperativas de trabajo asociado
  • Fondos de empleados
  • Asociaciones mutuales
  • Administradoras cooperativas
  • Organismos cooperativos de segundo y tercer grado

Servicios del Registro de Entidades de Economía Solidaria

Las Entidades de Economía Solidaria, se constituirán por los siguientes medios:

  • Documento privado:

Cuando se constituye por documento privado, todos los asociados o fundadores deben firmar el documento de constitución. Este deber ser reconocido ante funcionario autorizado por la Cámara de Comercio, o juez, o notario, por todas las personas que firmen como asociados o fundadores.

  • Acta de constitución:

Elabore el acta de la asamblea preliminar de constitución, donde se aprueban los estatutos y se hacen los nombramientos de órganos de administración y vigilancia (representante legal, junta directiva, consejo de administración, etc.). Esta acta firmada por las personas que actuaron como presidente y secretario de la reunión debe ser reconocida ante juez o notario, o ante el funcionario autorizado por la Cámara de Comercio, por el presidente o secretario de la reunión.

NOTA: Se recomienda este mecanismo para evitar la comparecencia de todos los fundadores ante juez, notario o funcionario autorizado por la cámara de Comercio.

  • Escritura pública:

En caso que haya bienes cuya transferencia deba hacerse por este instrumento público.

  • Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
  • Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • Allegar copia del documento de constitución con todos los requisitos formales que la Ley determina.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Diligenciamiento de formularios (RUES), que deberán ser suscritos por el representante legal.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.

Modificaciones que se incluyen a los estatutos de la persona jurídica, de forma parcial o total, y que son soportadas bajo inscripción en el registro de la Cámara de Comercio.

  • Nombramientos
  • Reformas Estatutarias
  • Liquidación y Cierre
  • Resoluciones
  • Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
  • Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • Allegar copia del acta con todos los requisitos formales que la Ley determina, y escritura pública cuando la persona jurídica se ha constituido por este instrumento.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.
  • En caso de que sea necesario soportar datos de la información financiera, presentar copia de los estados financieros con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Lo anterior de conformidad con el artículo 36 del Código de Comercio.
  • Actualizar los datos en el formulario RUES, como dirección, teléfono, correo electrónico, actividad económica y antes de efectuar la renovación verificar el correcto diligenciamiento del formulario.
  • Si la matricula se encuentra inactiva por no haber sido renovada en los últimos 3 años, la renovación debe hacerla personalmente el representante legal o algún miembro vinculado a la persona jurídica.
  • Se cancelará en caja los derechos de renovación de acuerdo a las tarifas vigentes.

Modificación de cualquier información que afecte el formulario de matrícula o renovación (dirección, teléfono, correo electrónico, actividad económica).

  • Presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • La Cámara de Comercio, le suministrará los respectivos formatos que deben ser diligenciados por el representante legal.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Si la mutación no se realiza personalmente, se debe allegar la solicitud debidamente diligenciada y suscrita por el representante legal.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.

Es obligación de todas las sociedades y entidades del sector solidario inscribir en Cámara de Comercio todos los libros respecto de los cuales la Ley exija esa formalidad.

  • Libros de actas del máximo órgano social, libro de registro de asociados.

La solicitud de inscripción de libros deberá contener:

  • Nombre de la persona jurídica.
  • NIT de la persona jurídica.
  • Nombre del libro.
  • Numero de hojas útiles que integran el libro.
  • Rango de las hojas: Código numérico o alfa numérico, a elección del solicitante.
  • Presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • Allegar los libros a registrar, junto con el formato de solicitud, el cual deber estar suscrito por el representante legal de la persona jurídica.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.