Registro integrado por personas jurídicas que se constituyen por la voluntad de asociación o creación de una o más personas (naturales o jurídicas) para realizar actividades en beneficio de asociados, terceras personas o comunidad en general. Las ESAL no persiguen el reparto de utilidades entre sus miembros.

Para la acreditación de cualquier organización o entidad sin animo de lucro, debe manifestarse expresamente la voluntad para ejercer el Derecho de Asociación, bajo una de las siguientes figuras jurídicas:

  • Asociaciones
  • Fundaciones
  • Corporaciones

Servicios del Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro

Las entidades sin ánimo de lucro conforme al articulo 40 del Decreto 2150 de 1995, se constituirán por los siguientes medios:

Acta de constitución:

Elabore el acta de la asamblea preliminar de constitución, donde se aprueban los estatutos y se hacen los nombramientos de órganos de administración y vigilancia (representante legal, junta directiva, consejo de administración, etc.). Esta acta firmada por las personas que actuaron como presidente y secretario de la reunión debe ser reconocida ante juez o notario, o ante el funcionario autorizado por la Cámara de Comercio, por el presidente o secretario de la reunión.

Documento privado:

Cuando se constituye por documento privado, todos los asociados o fundadores deben firmar el documento de constitución. Este deber ser reconocido ante funcionario autorizado por la Cámara de Comercio, o juez, o notario, por todas las personas que firmen como asociados o fundadores.

Escritura pública:

Documento que se elabora y se protocoliza en una notaría con las exigencias de la Ley.

Cuando se constituye por escritura pública, todos los asociados o fundadores deben comparecer a la notaria en forma personal o mediante apoderado.

  • Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
  • Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • Allegar copia del documento de constitución con todos los requisitos formales que la Ley determina.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Diligenciamiento de formularios (RUES), que deberán ser suscritos por el representante legal.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.

Modificaciones que se incluyen a los estatutos de la persona jurídica, de forma parcial o total, y que son soportadas bajo inscripción en el registro de la Cámara de Comercio.

  • Nombramientos
  • Reformas Estatutarias
  • Liquidación y Cierre
  • Resoluciones
  • Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
  • Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • Allegar copia del acta con todos los requisitos formales que la Ley determina, y escritura pública cuando la persona jurídica se ha constituido por este instrumento.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.
  • En caso de que sea necesario soportar datos de la información financiera, presentar copia de los estados financieros con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Lo anterior de conformidad con el artículo 36 del Código de Comercio.
  • Actualizar los datos en el formulario RUES, como dirección, teléfono, correo electrónico, actividad económica y antes de efectuar la renovación verificar el correcto diligenciamiento del formulario.
  • En el evento que, al momento de la renovación, se modifiquen los datos de ubicación del empresario o del establecimiento de comercio o de la actividad económica con actividades de alto impacto que involucren venta y consumo de bebidas alcohólicas, o servicios sexuales que trata el artículo 85 del Código de Policía, se requerirá aportar certificación de uso de suelo expedido por la oficina de planeación municipal.
  • Si la matricula se encuentra inactiva por no haber sido renovada en los últimos 3 años, la renovación debe hacerla personalmente el representante legal o algún miembro vinculado a la persona jurídica.
  • Se cancelará en caja los derechos de renovación de acuerdo a las tarifas vigentes.
  • Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
  • Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • Allegar copia del acta con todos los requisitos formales que la Ley determina, y escritura pública cuando la persona jurídica se ha constituido por este instrumento.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.

Modificación de cualquier información que afecte el formulario de matrícula o renovación (dirección, teléfono, correo electrónico, actividad económica).

  • Presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • La Cámara de Comercio, le suministrará los respectivos formatos que deben ser diligenciados por el representante legal.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Si la mutación no se realiza personalmente, se debe allegar la solicitud debidamente diligenciada y suscrita por el representante legal.
  • En el evento que, se modifiquen los datos de ubicación del empresario o del establecimiento de comercio o de la actividad económica con actividades de alto impacto que involucren venta y consumo de bebidas alcohólicas, o servicios sexuales que trata el artículo 85 del Código de Policía, se requerirá aportar certificación de uso de suelo expedido por la oficina de planeación municipal.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.
  • Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
  • Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • Allegar copia del acta con todos los requisitos formales que la Ley determina, y escritura pública cuando la persona jurídica se ha constituido por este instrumento.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.

Es obligación de todas las sociedades y entidades sin ánimo de lucro inscribir en Cámara de Comercio todos los libros respecto de los cuales la Ley exija esa formalidad.

  • Libros de actas del máximo órgano social, libro de registro de miembros para las fundaciones, libro de registro de asociados para las asociaciones y corporaciones.

La solicitud de inscripción de libros deberá contener:

  • Nombre de la persona jurídica.
  • NIT de la persona jurídica.
  • Nombre del libro.
  • Numero de hojas útiles que integran el libro.
  • Rango de las hojas: Código numérico o alfa numérico, a elección del solicitante.
  • Presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • Allegar los libros a registrar, junto con el formato de solicitud, el cual deber estar suscrito por el representante legal de la persona jurídica.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.
  • Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
  • Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
  • Allegar copia del acta con todos los requisitos formales que la Ley determina, y escritura pública cuando la persona jurídica se ha constituido por este instrumento.
  • Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
  • Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.